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30 abril 2012

El derecho de separación de socios (dividendos) en las Cuentas Anuales

Recordamos que la Ley 25/2011, de 1 de agosto, introdujo el derecho de separación, para los socios, en caso de falta de distribución de dividendos que comentamos, en este blog, en la entrada: Los dividendos y la separación del accionista, de aplicación a todas las sociedades de capital con la única excepción para las sociedades cotizadas.
La regulación vigente puede resumirse de la siguiente forma:
  1. A partir del quinto ejercicio a contar desde la inscripción en el Registro Mercantil de la sociedad, el socio que hubiera votado a favor de la distribución de los beneficios sociales tendrá derecho de separación en el caso de que la junta general no acordara la distribución como dividendo de, al menos, un tercio de los beneficios propios de la explotación del objeto social obtenidos durante el ejercicio anterior, que sean legalmente repartibles.
  2. El plazo para el ejercicio del derecho de separación será de un mes a contar desde la fecha en que se hubiera celebrado la junta general ordinaria de socios.
En relación con este derecho de separación de los socios, en esta entrada, nos centramos en la información que deba recogerse en las cuentas anuales que, en principio, conviene precisar las siguientes cuestiones:
  • No conocemos que exista referencia alguna a este tipo de información en la redacción actual de las cuentas anuales del PGC.
  • En todo caso, entendemos que la información referida debe ubicarse en la memoria y que sería más que suficiente la que proponemos a continuación:
 
Conviene tener en cuenta, por último, que para la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura que documente el acuerdo que origina el derecho de separación, será necesario que la propia escritura u otra posterior contenga la declaración de los administradores de que ningún socio ha ejercitado el derecho de separación dentro del plazo establecido o de que la sociedad, previa autorización de la junta general, ha adquirido las participaciones sociales o acciones de los socios separados, o la reducción del capital.