Comentamos en la entrada anterior (
Claves de interpretación del ECPN) el origen de las variaciones del patrimonio neto que podemos resumir y visualizar en el siguiente esquema:

Entre las variaciones referidas podemos encontrar elementos y componentes comunes de interés. No obstante, vamos a delimitar las variaciones atendiendo a la alteración de la cuantía del patrimonio que originen. Estamos considerando, por tanto, que existen variaciones patrimoniales cuantitativas y cualitativas; esto es, nos vamos a encontrar con operaciones económicas que alteran el patrimonio neto en su cuantía y/ o en su composición.

Resulta evidente, por ejemplo, que un aumento de capital con nuevas aportaciones de los socios genera, en todos los casos, una variación cuantitativa del patrimonio neto, en este caso, un aumento que se proyecta en el capital social. No obstante, si recurrimos a otra operación, más o menos habitual, como el traspaso de beneficios del ejercicio a reservas, el importe del patrimonio neto no varía, pero sí se modifica su composición y la calificamos como una variación patrimonial cualitativa. Es cierto que una variación cuantitativa modifica también la composición del patrimonio neto y, por ello, sería una variación cualitativa. Sin embargo, nuestra delimitación, a efectos operativos, se apoya en la consideración de variación cualitativa cuando sólo se modifica la composición y no la cuantía.
Una vez planteados los tres bloques de variaciones patrimoniales, con representación en el ECPN, y su delimitación en función del efecto sobre la cuantía del patrimonio neto, podemos relacionar ambas cuestiones presentando el siguiente esquema:
En el esquema anterior expresamos que:
- Los ingresos y gastos generan variaciones patrimoniales que, en todos los casos, suponen una alteración cuantitativa del patrimonio neto.
- En los ajustes por errores de ejercicios anteriores y por cambio de criterio contable, por su parte, nos encontramos con variaciones patrimoniales que ocasionan, a veces, una modificación en la cuantía del patrimonio neto, y en otras sólo una variación cualitativa.
- En las operaciones con los socios se presentan variaciones de los dos tipos.
En la segunda parte de esta entrada precisaremos:
- En primer lugar, las consideraciones del último esquema justificando, en nuestra opinión, la calificación de cada uno de los bloques.
- Comentaremos, a continuación, algunas operaciones de interés en la delimitación expuesta como: el pago de dividendos, el aumento de capital por compensación de créditos, etc.
- Y, por último, la utilidad en el ámbito patrimonial y legislativo de la separación entre variaciones cuantitativas y cualitativas. Sería interesante, en este sentido, la reflexión (no afirmación) en relación con la tutela de los acreedores sociales en las reducciones de capital: Si no existe variación cuantitativa en el patrimonio neto, los acreedores no pueden oponerse a la referida reducción de capital.
Ni que decir tiene que sería de enorme ayuda el que aporten operaciones o supuestos que completen, mejoren o rectifiquen lo expuesto anteriormente.
Espero esas aportaciones.