La Agencia Tributaria en la presentación de la campaña de la declaración de la renta de este año realiza una serie de precisiones en torno a los borradores (confirmación y devoluciones), datos fiscales y las estimaciones sobre la campaña de la Renta. Es interesante el detalle de los servicios de ayuda disponibles. Hasta el 28 de abril se habían confirmado 1.650.386 borradores, 600.000 más que en la misma fecha del año pasado, lo que representa un incremento del 59,6 %. Lavía más utilizada para confirmar el borrador en esta Campaña de Renta está siendo Internet, con el 43% del total. Renta y Estimaciones de la Agencia Tributaria La Agencia Tributaria prevé devolver 12.650 millones de euros a 15,2 millones de contribuyentes con declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en esta Campaña de Renta, según han explicado en rueda de prensa el presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Carlos Ocaña, y su director general, Luis Pedroche. Esta cifra representa un incremento en importe del 5,9% respecto al año pasado y un resultado neto a favor del contribuyente de 5.550 millones de euros, ya que las declaraciones con resultado a ingresar serán 3,7 millones por un importe total de 7.100 millones de euros. Las declaraciones con cuota cero se cifran en 175.000. El plazo para presentar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta comienza ellunes 4 de mayo y finaliza el martes 30 de junio. De los 19 millones de declaraciones previstas, un 1,6% más que el año anterior, el 80% será a devolver. El compromiso de la Agencia Tributaria es haber realizado el 85% de las devoluciones antes de principios de agosto. Por tipo de declaración, las declaraciones individuales crecerán un 2% y se situarán en 14.325.000, mientras que las declaraciones conjuntas crecerán un 0,4% hasta alcanzar las 4.750.000, según las previsiones. Fuente: Agencia Tributaria




- El capital social de las sociedades anónimas, incluidas las primas de emisión desembolsadas
- Los fondos fundacionales y las cuotas participativas de las cajas de ahorros, así como el fondo social de la Confederación Española de Cajas de Ahorros y las cuotas participativas de asociación emitidas por ésta;
- Las aportaciones al capital social de las cooperativas de crédito, y el fondo de dotación de las sucursales de entidades de crédito extranjeras.
valores negociables que representan aportaciones dinerarias de duración indefinida, que pueden ser aplicadas en igual proporción y a los mismos destinos que los fondos fundacionales y las reservas de la entidad.Se configuran como:
- instrumentos de renta variable
- desprovistos de derechos políticos y
- que forman parte de los recursos propios básicos por su propia naturaleza
- cuente con el respaldo de los tres quintos de los acreedores,
- un plan de viabilidad avalado por un informe independiente y
- todo ello documentado en escritura pública.
- Que el acuerdo sea suscrito por acreedores cuyos créditos representen al menos tres quintos del pasivo del deudor en la fecha de adopción del acuerdo de refinanciación.
- Que el acuerdo sea informado por un experto independiente designado por el registrador mercantil del domicilio del deudor conforme al procedimiento establecido en los artículos 338 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil.
- El informe del experto contendrá un juicio técnico sobre la suficiencia de la información proporcionada por el deudor, sobre el carácter razonable y realizable del plan en las condiciones definidas en el apartado 1, y sobre la proporcionalidad de las garantías conforme a las condiciones normales de mercado en el momento de la firma del acuerdo.
- Que el acuerdo se formalice en instrumento público, al que se unirán todos los documentos que justifiquen su contenido y el cumplimiento de los requisitos anteriores.
- ¿Cómo se formula este plan? En cualquier caso, no existe en nuestro país normalización al respecto. Por otra parte, es evidente que los profesionales económicos-financieros (economistas, titulados mercantiles, entre otros) tienen argumentos conceptuales suficientes para su formulación.
- ¿Quién lo formula: el experto independiente o el equipo contable-financiero-auditor de la empresa?
- ¿Cómo se cuantifica el carácter razonable y realizable del plan de viabilidad? o, se refiere al carácter razonable y realizable de la refinanciación.
- ¿Podría referirse a los dos escenarios de forma conjunta?
- ¿Qué ocurre si la opinión del experto es desfavorable?
- ¿Cabe en la opinión del experto cautelas o salvedades?
- ¿Qué responsabilidades contrae el experto con su opinión?


- por una parte, permiten una excesiva gama o alternativas de presentación, y
- por la otra, la difícil correlación entre los estados financieros y los resultados de la empresa.
- La presentación de la información en los estados financieros y
- No cómo se reconocen y miden los elementos de los estados financieros.
- La estructura de los estados de posición financiera, ingresos comprensivos y flujos de efectivo sería tal que la correlación sería evidente a través de los diversos estados.
- la información sobre cómo la entidad crea valor sería presentada por separado de la información sobre la manera cómo financia sus actividades.
- dentro de las actividades de negocio, las actividades de explotación serían separadas de las actividades de inversión, y
- la información relacionada con las operaciones interrumpidas y los impuestos sobre los beneficios sería presentada por separado,
- la clasificación de los elementos se basaría en el enfoque administrativo, con el fin de reflejar cómo los activos y pasivos son usados dentro de la entidad, y
- análisis más detallados aparecerían en la presentación de los estados financieros.

Resumen NIC1







La disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1514/2007 (en el Plan de PYMES la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1515/2007) establece que las cuentas anuales a partir de la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad se considerarán “cuantas anuales iniciales”, acotando su aplicación:“A los efectos de la obligación establecida en el artículo 35.6 del Código de Comercio, y a los efectos derivados de la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que se inicie a partir de la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad, se considerarán cuentas anuales iniciales, por lo que no se reflejarán cifras comparativas en las referidas cuentas
La referencia y aplicación de los límites establecidos por la legislación mercantil lo ha interpretado el Instituto de Contabilidad de Cuentas, (ICAC) ver aquí consulta íntegra, de la siguiente forma: En consecuencia, la calificación de cuentas anuales como iniciales sólo tiene consecuencias en relación con la obligación de elaborar información comparativa, y no para cualquier otra cuestión. Así, en el primer ejercicio a partir de la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad 2007, el cómputo de los límites para la formulación de estados abreviados y dispensa de auditoría deberá realizarse conforme a los criterios establecidos en el artículo 175 del TRLSA (artículo 176 en relación con la cuenta de pérdidas y ganancias abreviada), considerando los límites del ejercicio inmediatamente anterior, salvo que éste sea su primer ejercicio desde su constitución, fusión o transformación, en cuyo caso se estará a lo previsto en el punto 2 de dicho artículo.
Interpretación que nos parece de lo mas razonable posible y que continúa facilitando a las empresas que por su dimensión puedan formular balance abreviado (también estado de cambio de patrimonio neto abreviado y recuerdo que no formulan, al menos de forma obligatoria, el estado de flujos de efectivo) que no verifiquen sus cuentas anuales de por expertos independientes.

La idea de sacar de los balances de las entidades financieras activos para que los gestione una entidad y los ponga en valor sin perjudicar por ello la confianza entre los bancos y quienes actúan en los mercados financieros todos los días, es una solución que tuvo muy buenos resultados en anteriores crisis financieras, como en Suecia.
- la evolución de los negocios, y
- la situación de la sociedad,
- junto con una descripción de los principales riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta.
- tanto indicadores clave financieros
- como, cuando proceda, de carácter no financiero, que sean pertinentes respecto de la actividad empresarial concreta,
- incluida información sobre cuestiones relativas al medio ambiente y al personal.
- ocurridos después del cierre del ejercicio,
- la evolución previsible de aquélla,
- las actividades en materia de investigación y desarrollo y,
- en los términos establecidos en la legislación sobre las adquisiciones de acciones propias.
- Objetivos y políticas de gestión del riesgo financiero de la sociedad, incluida la política aplicada para cubrir cada tipo significativo de transacción prevista para la que se utilice la contabilidad de cobertura.
- La exposición de la sociedad al riesgo de precio, riesgo de crédito, riesgo de liquidez y riesgo de flujo de efectivo.







